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KRTC S.A. de C.V. SOFOM E.N.R.
Avenida Bravo No. 386 Sur
Colonia Jorge Almada.
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Culiacán, Sinaloa, México.

Página de Internet:
www.sufinanciera.com.mx

Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

Teléfono: 55 53 400 999

Página de Internet:
www.gob.mx/condusef

Correo electrónico: asesoria@condusef.gob.mx

Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE)
Avenida Bravo No. 386 Sur
Colonia Jorge Almada.
CP. 80200.
Culiacán, Sinaloa, México.

Teléfonos: 667 7138809
Correo electrónico: clientes@sufinanciera.com.mx

Página de Internet:
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Buró de Entidades Financieras


Buró de Crédito

 

Preguntas y respuestas más frecuentes

¿Sufinanciera | KRTC S.A. DE C.V. SOFOM ENR es un banco?
No, de acuerdo a la leyes mexicanas y a nuestros estatutos sociales, somos una Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM), entidad no regulada.

¿Qué es una SOFOM?
Es una empresa o sociedad anónima que, en sus estatutos sociales, contempla expresamente como objeto social principal la realización habitual y profesional de operaciones de otorgamiento de crédito así como la celebración de operaciones de arrendamiento financiero o factoraje financiero.

¿Las SOFOMES pueden captar ahorros del público?
No, únicamente pueden adquirir préstamos y créditos de instituciones de crédito, de seguros y fianzas del país o de entidades financieras del exterior, destinados a la realización de sus operaciones.
 
También pueden emitir obligaciones subordinadas y demás títulos de crédito para su colocación entre el público inversionista.

¿Sufinanciera | KRTC S.A. DE C.V. SOFOM ENR es una entidad financiera legal con registro oficial y autorización para operar?
Sí, está sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).

¿Sufinanciera | KRTC S.A. DE C.V. SOFOM ENR o sus empleados solicitan pagos, depósitos o transferencias por adelantado para brindar sus servicios?
No, ningún trámite o gestión de crédito requiere del pago, depósito o transferencia por adelantado. El personal de la empresa no está autorizado para solicitar ningún pago, depósito o transferencia previa para realizar algún trámite o gestión.

¿Puedo pagar el crédito directamente en efecttivo en las oficinas de Sufinanciera | KRTC S.A. DE C.V. SOFOM ENR?
No, todos los créditos están referenciados para su pago o liquidación directamente en bancos. En las oficinas no se recibe ningún pago y tampoco se maneja efectivo.

¿Porqué debo señalar y comprobar el origen o la fuente de los recursos con los que se pagan los créditos?
Es una obligación de cumplimiento con Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

¿Porqué debo declarar el destino del recurso, así como el cliente final que hará uso y pago del crédito?
Es una obligación de cumplimiento con Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Si tiene alguna duda o requiere más información, contáctenos.

 




Recomendación para tu trámite: Entrega tus solicitudes de crédito a nuestros asesores especializados previamente identificados o envíala a nuestro correo electrónico de atención: clientes@sufinanciera.com.mx

El Buró de Entidades Financieras contiene información de KRTC S.A. DE C.V. SOFOM ENR sobre las características de nuestros productos y nuestro desempeño frente a los Usuarios en la prestación de servicios. Te invitamos a consultarlo en la página www.buro.gob.mx o en nuestra propia página www.sufinanciera.com.mx/buro.htm

KRTC, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R. en cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito vigente, indica que para su constitución y operación con el carácter de Sociedad Financiera de Objeto Múltiple Entidad No Regulada, no requiere de autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y que para la realización de sus operaciones está sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, únicamente para efectos de lo dispuesto por el artículo 56 de la Ley referida.

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